DIVISIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio Nº 10611
28 de octubre de 2011
DJ-1192-2011
Licenciado
Rodrigo Acuña Montero
Director Nacional e Inspector General de Trabajo
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Estimado señor:
Asunto: Se consulta sobre la utilización de los recursos financieros depositados a la fecha
en la cuenta cliente N1000073901000196 del Fondo General del Gobierno por la suma de
¢153.180946.42.
Nos referimos a su oficio número DNI-347-2011, de fecha 07 de octubre de 2011, recibido
en esta Contraloría General el 12 de octubre del mismo año, mediante el cual se solicita el criterio
de este órgano contralor, con el fin de que se haga efectiva la utilización de los recursos financieros
a la fecha depositados en la cuenta cliente No.1000073901000196 del Fondo General del Gobierno
por la suma de ¢153.180946.42, suscrita por la Licda. Irene Espinoza Alvarado, Contadora
Nacional y montos futuros.
Criterio del despacho:
En cuanto al particular, le informamos que de conformidad con lo que dispone el artículo 29
de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, No. 7428 y la circular de esta
Contraloría General No. CO-529, publicada en La Gaceta No. 107 del 5 de junio de 2000, en el
ejercicio de su función consultiva este órgano contralor atiende consultas “siempre que versen sobre
materias propias de sus competencias constitucionales y legales y no traten sobre situaciones
concretas que deba resolver la institución solicitante.”
Dicha circular dispone en los puntos 3, 4 y 6 lo siguiente:
“3. Toda consulta debe presentarse por escrito, debidamente firmada por el jerarca del ente
u órgano consultante, con una detallada explicación sobre los aspectos que ofrecen duda y que
originan la gestión. Deberá acompañarse del dictamen de la unidad especializada del órgano o ente
consultante, en la materia de que se trate, salvo que se demuestre fehacient ...
Fecha publicación: 30/10/2011
Fecha emisión: 27/10/2011
Institución: MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
DIVISIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio No. 05827
29 de junio, 2011
DJ-0712-2011
Señor
Eugenio Solano Calderón
Viceministro de Trabajo y Seguridad Social
Presidente
CONSEJO DE SALUD OCUPACIONAL
Estimado señor:
Asunto: Se rechaza consulta sobre la viabilidad de autorizar al Instituto Nacional de
Seguros no solo girar el dinero como se realiza actualmente, sino en casos calificados,
entregue al Consejo de Salud Ocupacional el resultado final de un proyecto, con el fin de
recibir un producto final que sea utilizable y no requerir un procedimiento largo y difícil
para su obtención.
Damos respuesta a su oficio No. DVM-0188-05-2011 de fecha 13 de junio de 2011,
mediante el cual consulta la posibilidad de que se autorice al Instituto Nacional de Seguros a
entregar y girar al Consejo de Salud Ocupacional no solo girar el dinero
1
en las cuentas respectivas,
como se ha realizado hasta la fecha, sino en casos calificados, entregar el resultado final de un
proyecto, con el fin de recibir un producto final que sea utilizable y no requerir un procedimiento
largo y difícil para su obtención.
Al respecto, en primer lugar, es pertinente señalar que en el ejercicio de la potestad
consultiva de la Contraloría General, regulada en el artículo 29 de la Ley Orgánica (Ley Nº 7428
del 4 de setiembre de 1994) y la Circular Nº CO-529 “Circular sobre la atención de consultas
dirigidas a la Contraloría General de la República”, publicada en el Diario Oficial La Gaceta Nº
107 del 5 de junio de 2000, se establecen los requerimientos para la presentación de las gestiones de
consulta, de donde cabe destacar que el órgano contralor no tiene por norma referirse a casos y
1
De conformidad con lo estipulado en el artículo 205 del Código de Trabajo, que establece:
“ARTICULO 205.-
(…)
La institución aseguradora hará liquidaciones anuales, que incluyan la forma ...
Fecha publicación: 02/07/2011
Fecha emisión: 29/06/2011
Institución: MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
DIVISIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 04156
11 de mayo, 2011
DJ-0501- 2011
Señora
Sandra Piszk
Ministra
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
Estimada señora:
Asunto: Consulta sobre la procedencia jurídica de que se retribuya con el pago de dietas
a los miembros suplentes aunque no sustituyan al titular en sesiones del Consejo Nacional
de Salarios
Damos respuesta a su oficio DMT-298 de fecha 14 de marzo de 2011 en el cual nos consulta
respecto a la procedencia jurídica de que se retribuya con el pago de dietas a los miembros suplentes del
Consejo Nacional de Salarios, aún y cuando asistan a las sesiones de dicho órgano colegiado sin estar
supliendo a un miembro propietario.
La consulta se acompaña del criterio legal de la Dirección de Asuntos Jurídicos de ese Ministerio,
en donde expone que si el legislador ha sido omiso en regular el pago de dietas, se debe entender que no lo
estableció, salvo cuando el órgano colegiado tenga la naturaleza jurídica de una institución autónoma o
semiautónoma, en cuyo caso y salvo norma en contrario, aplica el pago de dietas que contempla el artículo
60 de la Ley No. 7138 que reformó el artículo segundo de la Ley No. 3065 del 20 de noviembre de 1962
“Ley de Pago de Dietas de miembros de Juntas Directivas de las instituciones autónomas y
semiautónomas ”.
Se analiza la naturaleza jurídica del Consejo Nacional de Salarios, determinándose que no es la de
una entidad autónoma o semiautónoma sino la de un órgano de desconcentración máxima del Ministerio
de Trabajo y Seguridad Social de acuerdo con el artículo 2 del Decreto Ley No. 832, por lo que no le es
aplicable la Ley 3065.
Por otra parte, específicamente en cuanto al tópico de dietas, se indica en el criterio jurídico que el
artículo 10 del Decreto Ley No. 832 establece que los miembros del Consejo y el Secretario de dicho
organismo, devengarán por sesión celebrada a la que ...
Fecha publicación: 09/05/2011
Fecha emisión: 06/05/2011
Institución: MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Dietas